Los copropietarios actualmente viven diversas irregularidades a causa de la Administración de Condominio, ya que éstas no cumplen con su rol debidamente. Lo anterior ha tenido que llevarlos a tomar acciones legales para hacer cumplir las obligaciones correspondientes. Pero, muchos no saben cómo ejercer o empezar un proceso de demanda ante dicha situación.

Es por ello que te explicaremos a detalle las diferentes formas de cómo puedes accionar para determinar la responsabilidad de malas prácticas del administrador.

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece en el Artículo 33 las formas en las que puedes accionar legalmente frente a la Administración de Condominio de tu edificio.

Los Juzgados de Policía Local correspondiente son los que tienen competencia, y se sujetaran al procedimiento establecido en la ley Nº 18.287. Resuelven las contiendas que se promuevan entre los copropietarios o entre éstos y el administrador, relativas a la administración del condominio.

Los Juzgados del caso estarán investidos de todas las facultades que sean necesarias a fin de resolver esas controversias. En el ejercicio de estas facultades, el juez podrá, a petición de cualquier copropietario:

  • Declarar la nulidad de los acuerdos adoptados por la asamblea con infracción de las normas de esta ley y de su reglamento.
  • Citar a asamblea de copropietarios, si el administrador o el presidente del Comité de Administración no lo hiciere.
  • Exigir al administrador que someta a la aprobación de la asamblea de copropietarios rendiciones de cuentas, fijándole plazo para ello. En caso de infracción, se le aplicará una multa.
  • Citar a asamblea de copropietarios a fin de que se proceda a elegir el Comité de Administración en los casos en que no lo hubiere.
  • Adoptar todas las medidas necesarias para la solución de los conflictos que afecten a los copropietarios derivados de su condición de tales.

Instituciones concurrentes: la Administración de Condominio

Ante los juzgados de policía local: Como bien se mencionó anteriormente, podrá dirigirse a estos juzgados para proceder a las demandas por incumplimiento de la Administración de Condominio.

Ante un juez árbitro arbitrador: El Juez arbitro deberá ser designado por un acuerdo de la asamblea.

Si el juez letrado de turno encuentra una falta de acuerdo, podrá ser sustituido o removido en cualquier momento por la asamblea.

Ante la respectiva municipalidad: Esta podrá atender extrajudicialmente los conflictos que se promuevan entre los copropietarios o entre éstos y el administrador. Asimismo, estará facultada para citar a reuniones a las partes en conflicto para que expongan sus problemas y proponer vías de solución.

Los copropietario deben contar con evidencias o con la mayor información necesaria antes de ir a realizar una demanda ante las autoridades.

Ponemos a tu disposición nuestros servicios de asesoramiento ante cualquier irregularidad ante la administración de tu Condominio. Todo lo que necesitas saber y hacer, estaremos para ayudarte.

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Arcó Abogados, especialistas en Derecho de Copropiedad, Condominios y Derecho Inmobiliario