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En primer lugar, antes de redactar o hacer un contrato de compraventa de inmueble hay que definir la propiedad a negociar. Por lo tanto, una vez determinado el inmueble a negociar se debe contar con la asistencia de un abogado inmobiliario. Dicha asistencia es muy necesaria, ya que, de tal forma podrás contar con una asesoría profesional y minimizar o evitar los riesgos de perdidas. En otro articulo explicamos a detalle por qué es tan importante la presencia de los abogados inmobiliarios, el cual te invitamos a leer.
Continuando con respecto al contrato de compraventa, te explicaremos que debe contener este documento legal y responderemos preguntas frecuentes muy importantes.
¿Existe un formato de contrato de compraventa de inmueble?
Si, y además de ser un formato el cual debe tener el documento legal, debe contener información muy detalla del negocio a celebrar.
En el documento legal debe fijarse que los contratantes estén bien determinados y el inmueble que se vaya a vender esté bien individualizado. Además, es necesario hacer un estudio de títulos, sin ningún riesgo, nada que pueda entorpecer la compraventa o al comprador.
Así como también, se debe fijar que el precio sea el verdadero y no el simulado, que esté bien determinado. Si se va a señalar un plazo o una condición todo debe estar contemplado en el contrato y debe ser asesorado por un abogado inmobiliario.
Puedes descargar nuestro modelo de promesa de compraventa elaborado por nuestros abogados, recordándole que siempre será necesario la asistencia y asesoría de un abogado profesional en su proceso legal.
¿Cómo se hace el contrato de compraventa de inmueble?
Cuando hayas definido el inmueble a negociar, debes contar con la asesoría legal de un abogado que te dará la recomendaciones y herramientas para hacer un negocio exitoso.
Existen modelos de contrato de compraventa de inmueble el cual puedes descargar y rellenar. Pero si deseas garantizar un documento fiable y conforme a la ley, nuestra recomendación será contar con la asistencia de un profesional.
En el código civil articulo 1.793 establece que, “la compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se dice vender y esta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio”.
El contrato de compraventa de contener los siguientes elementos para poder ser celebrado ante un notario:
- Encabezado: En esta sección se indica el tipo de contrato a celebrar, es decir, contrato de compraventa, derechos y obligaciones.
- Identificación de las partes: Se identifica claramente quién es el comprador y el vendedor mediante sus datos personales, sus nombres completos, número de cédula y lugar de domicilio.
- Objeto del contrato: Se detalla para qué se pretende realizar el contrato de compraventa.
- Cláusulas: Son varias y en ellas se detallan y establecen los deberes y derechos de las partes frente a elementos importantes. Como es el precio, forma de pago, fecha de entrega del inmueble, cumplimiento de la promesa de compraventa, multas, gastos, obligaciones de las partes, entre otros.
- Fecha y lugar de expedición del contrato: Esta información es importante, ya que, estos datos deben estar dentro de la estructura del documento, porque es información clave para procesos legales.
- Firmas: Esta parte es muy importante y no pueden faltar, deben estar acompañadas de número de cédula de las partes, nombres completos y legibles.
¿Cuáles son los requisitos para celebrar un contrato de compraventa?
Una vez que el documento esté elaborado con todos los elementos requeridos y las partes involucradas, deberá celebrarse por escritura pública. El contrato es solemne y se concreta al ser otorgado por escritura pública. Por lo tanto, el contrato deberá ser firmado ante un notario público, quien archivará el contrato en un registro denominado “protocolo”.
Una vez celebrado el contrato ante notario público, se entregarán copias del contrato debidamente autorizadas. Asimismo, estas son para efectuar las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y contar con un antecedente o prueba de la venta.
¿Quién puede hacer la compraventa?
Únicamente el dueño del inmueble puede hacer la venta del mismo o transferencia del dominio.
¿Quiénes pueden celebrar el contrato compraventa de inmueble?
Todos aquellos capaces y que deseen comercializar o transferir su dominio. De lo contrario aquellos que la ley declare incapaces, no podrán celebrarlo.
Asesoría Legal
En nuestro estudio jurídico contamos con un equipo de profesionales atentos a cualquier consulta o solicitud al respecto a la redacción de documentos. Asimismo, todo lo referente y asistencia total en todo el proceso. Somos especialistas en Condominios, Derecho de Copropiedad, Inmobiliario y Asesoría Legal, si deseas realizar una consulta puedes comentarnos en este artículo o a través de nuestros medios de contacto.
Es nuestra responsabilidad mantener informada a la comunidad y es por ello que hemos dispuesto nuestros diferentes canales de comunicación. Puedes ver nuestros Webinar’s y videos en nuestra cuenta de YouTube y demás artículos. Contáctanos si necesitas asesoría legal y a la brevedad posible te atenderemos.
Si tienes alguna duda o consulta, puede dejarnos en comentario y a la brevedad posible uno de nuestros abogados le responderá con todo gusto. Somos un estudio jurídico comprometido con la comunidad de Condominios.
Esperando este artículo sea de ayuda la comunidad, equipo de Arcó Abogados.
Escrito Por: SiberianCodes
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