La publicación de Gastos Comunes en DICOM es una consulta que nos ha llegado repetidamente a nuestro estudio jurídico. Es por ello que queremos detallar esta información para que no quede duda de la misma. En este artículo encontraras un vídeo en donde hemos dispuesto de la información clara y precisa sobre tema.
¿Qué son los Gastos Comunes?
En primer lugar, son todos aquellos gastos que se generan en un edificio o condominio que hayan tenido que ver con las mantenciones del mismo. Asimismo, entra en los gastos comunes el servicio administrativo y servicios básicos. Es importante saber que los gastos comunes se dividen en dos tipos, los ordinarios y extraordinarios.
Gastos comunes Ordinarios: En esta sección entran todos aquellos gastos que tienen que ver con los siguientes aspectos:
Gastos de Administración: Todos aquellos pagos dirigidos para los salarios del personal que labora en el condominio. Este personal encargado de la administración, conserjería, personal de mantenimiento, vigilancia, jardinería, entre otros contratados.
Gastos de Mantenciones: Estos pagos son dirigidos a mantenciones de las áreas del edificio y bienes comunes. Todos aquellos que traten limpieza, ascensores, piscinas, etc.
Gastos de Reparación: Aquellos destinados para las reparaciones de los bienes comunes, como portones, puertas, o algunos que hayan fallado por mal uso de los copropietarios.
Gastos de Servicios: Estos servicios son todos aquellos que tiene goce el condominio, como son los básicos o que hayan contratado.
Los Gastos Comunes Extraordinarios: Estos gastos son aquellos que se hayan realizado o coordinado con todos los miembros del condominio. Sea estos de algún proyecto o contratación especifica que no se hayan mencionado en los gastos ordinarios.
¿Cómo se pagan los Gastos Comunes?
Los gastos comunes deben pagarse mensualmente. Asimismo, siempre rigiéndose a la actual Ley de Copropiedad 19.537 en el Art. 5 y el correspondiente Reglamento de Copropiedad.
¿Quién debe los Gastos Comunes?
Quien tiene la responsabilidad siempre de pagar los gastos comunes es el dueño del inmueble. Por lo tanto, no debe asumir el pago de los gastos comunes el arrendatario, ya que así esta establecido en la Ley de Copropiedad 19.537.
Además, los gastos comunes siempre acompañaran a la unidad. Por tanto, que, si se ha vendido un inmueble con deuda de gastos comunes, el nuevo dueño debe asumir la deuda.
¿Se pueden publicar las deudas por Gastos Comunes en DICOM?
Las deudas de los gastos comunes en DICOM efectivamente pueden publicarse por parte de la persona interesada, aunque La Ley 19.628 no lo establece así, si puede realizarse. Ya que, cualquier registro de morosos, acepta la publicación de casi cualquier deuda. La persona interesada es la que puede publicar o decir que dicha deuda en el registro no pueda publicarse.
A continuación, información completa sobre este tema en nuestro video;
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Esperando este artículo sea de ayuda la comunidad, equipo de Arcó Abogados.
Escrito Por: SiberianCodes
Saludos estimados!
En primer lugar quiero felicitarlos por su profesionalidad estimados y agradecer por tomarse el tiempo de promover información de gran importancia para la comunidad de condominios y todos los copropietarios. No sabia sobre estos puntos publicados tan necesarios saber. Gracias por informarnos de tal manera.
¡De nada! Muchos saludos
Qué acciones debo tomar si se ha publicado mi deuda de gastos comunes en DICOM sin mi autorización. Atenta a su respuesta estimado.
Valeria:
Debes impugnar la publicación en el mismo registro, según la Ley 19.628. En caso contrario, puedes interponer una acción de protección por el art. 20 de la Constitución.
¡Muchos saludos!