En el campo laboral ninguna empresa debe ignorar las multas y sanciones que puede imponer la ley a aquellos de incumplan lo establecido. El gobierno chileno ha impuesto una serie de sanciones contra quienes violen las normas en todo el territorio Nacional. Una multa se puede definir como una sanción administrativa impuesta por la violación de alguna norma legal, y si resides en Chile, debes conocer las sanciones más comunes que se imponen en cada lugar.

Los procedimientos de inspección del trabajo se suelen aplicar a las empresas, que lamentablemente en muchos casos acaban con sanciones y multas a los empresarios o ciudadanos fiscalizados. Tras lo cual cualquiera tiene derecho a formular denuncias en su contra, tanto en sede judicial como administrativa.

La supervisión del cumplimiento de las leyes laborales y de su interpretación corresponde a la Dirección del Trabajo. Sin perjuicio de las facultades concedidas a otros servicios administrativos de conformidad con las leyes vigentes. En los casos mencionados, la inspección del trabajo puede imponer sanciones administrativas. O, una multa a la empresa en caso de violación de los actos jurídicos aplicables de conformidad con la legislación laboral.

¿Quién puede solicitar la reconsideración de una multa cursada por la Dirección del Trabajo (DT)?

multas laborales

Todos los empleadores, independientemente del número de empleados al momento de la investigación de la infracción, permite solicitar al Dirección del Trabajo (DT) que revise la imposición de multas en cuestiones laborales. Asimismo, de seguridad social y de salud en el lugar de trabajo.

Además, deben cumplir con unos requisitos para poder proceder a la reconsideración de las multas laborales. Los requisitos son los siguientes:

  • Han sido notificados de la aplicación de la multa por medio de una resolución.
  • No han interpuesto recursos judiciales contra la misma resolución.
  • Acrediten la corrección total de las infracciones, o aleguen cuando exista un error en la aplicación de las sanciones.

¿Cuáles son los plazos para reconsiderar las multas laborales?

El plazo para presentar la solicitud es de 30 días hábiles administrativos (lunes a viernes, excepto días festivos, sábado y domingo), contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la multa.

Vías de Notificación

  • Por correo electrónico: se entenderá notificada el tercer día hábil siguiente contado desde la fecha de emisión del correo.
  • Personalmente: el plazo cuenta desde que se produce la notificación. 
  • Por carta certificada: se entenderá notificada el sexto día hábil administrativo a partir de la recepción en Correos de Chile.
  • Por aviso en el Diario Oficial: el plazo cuenta desde el día de la publicación. 
  • Mediante cualquier medio: desde el primer día hábil siguiente de la notificación. 

¿Qué establece el código del trabajo sobre las multas laborales?

El artículo 511 establece lo siguiente; Facúltese al Director del Trabajo, en los casos en que el afectado no hubiere recurrido de conformidad al art. 503 y no hubiere solicitado la sustitución del art. 506 ter de este Código. Para reconsiderar las multas administrativas impuestas por funcionarios de su dependencia en la forma siguiente:

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    1. Dejando sin efecto la multa, cuando aparezca de manifiesto que se ha incurrido en un error de hecho al aplicar la sanción.

    2. Rebajando la multa, cuando se acredite fehacientemente haber dado íntegro cumplimiento, a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivó la sanción.

    Si dentro de los quince días hábiles siguientes de notificada la multa, el empleador corrigiere la infracción, el monto de la multa se rebajará, a lo menos, en un cincuenta por ciento. Tratándose de la micro y pequeña empresa, la multa se rebajará, a lo menos, en un ochenta por ciento.

    Todos los plazos de días establecidos en este Título son de días hábiles y se computarán de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25 de la ley Nº 19.880.

Formas Legales para Reclamación de Multas Laborales

Tribunales Laborales: El afectado, dentro de los quince días hábiles contados a partir del día de recepción de la notificación de la multa, puede presentar resolución sobre la aplicación de la multa administrativa. Esto ante el juez laboral y pagar al fisco la tercera parte de la multa solicitada. Asimismo, con el requisito del comprobante de depósito especificado. Las denuncias ante el Juzgado del Trabajo deben remitirse a la inspección provincial o local de los funcionarios que aplican las sanciones.

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Inspección del Trabajo: Los patrones que no hayan utilizado los procedimientos legales pueden solicitar la revisión de la multa dentro de los treinta días hábiles y cancelar o reducir la multa según corresponda (si el patrón opta por utilizar las vías legales para presentar un reclamo, no puede solicitar el trámite administrativo de renovación para retirar o reducir la multa).

Por otro lado, si no se recurre a una demanda judicial y no se solicita una multa alternativa, como corresponde esperar, se puede pedir a la misma inspección de trabajo que reconsidere la multa laboral así:

  • Dejar sin efecto la multa: cuando aparezca de manifiesto que se ha incurrido en un error de hecho al imponerse la multa.
  • Reducción de la multa: esto aplica cuando se acredite indiscutible haber dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivó la sanción.

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Escrito Por: SiberianCodes