Abogados de Familia, desde 2019 asesorando a padres, niños, niñas y adolescentes en la obtención de soluciones familiares justas. Consulta con Abogados de Familia Online y Presencial.
Abogados de Familia Online y Presencial
En Arcó Abogados, comprendemos que los asuntos de Derecho de Familia requieren no solo de habilidades legales excepcionales, sino también de una profunda comprensión y sensibilidad hacia las circunstancias emocionales y personales de cada individuo. Nuestro equipo de Abogados especializados en Derecho de Familia está comprometido en brindarle una representación legal empática y personalizada, respaldada por nuestra amplia experiencia y dedicación.
Algunos de nuestros servicios legales de Abogados de Familia son:
- Compensación Económica
- Divorcio
- Cuidado Personal (conocido como Tuición o Custodia)
- Relación Directa y Regular (conocida como Visitas)
- Pensión de Alimentos
- Mediación Familiar
- Violencia Intrafamiliar
- Autorización para Salir del País
- Adopciones
Atención inmediata
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¿Qué ley rige los procedimientos para los Abogados de Familia y cuáles son los juicios que existen?
La Ley 19.968 es la que rige todo lo relativo al procedimiento en los juicios de familia. Esta ley creó los Tribunales de Familia y se ha encargado de establecer las reglas procesales en los juicios de Derecho de Familia. Los juicios de familia son orales, lo cual significa que tienen una serie de principios que tanto el Tribunal como las partes deben respetar. Asimismo, existen grandes diferencias con otros procedimientos, como por ejemplo el procedimiento civil, en donde predomina el impulso de las partes; en cambio, en materia de Derecho de Familia existen una facultad de oficio de los jueces, aunque sea en la teoría, ya que muchas veces no se aprecia en la práctica dada la alta carga de los tribunales.
En general, podemos decir que el procedimiento típico en Derecho de Familia consta de la interposición de la demanda, su proveído por el Tribunal y la citación a una audiencia preparatoria. Luego de eso, debe ser notificado el demandado. Al día de la audiencia, el demandado debe haber presentado su contestación. Ambas partes serán llamadas a conciliación por el tribunal; y si esta no se produce, se procederá a ofrecer los medios probatorios de las partes. En dicha oportunidad, cada Abogado de Familia debe indicar los medios de prueba de los cuales se valdrá, los cuales, en el caso de los documentos, deben haber sido ingresados antes de la audiencia preparatoria.
Pasada la audiencia preparatoria, se deberán tramitar los oficios o demás medidas que hayan solicitado las partes. El tribunal a dicha etapa ya debiera haber fijado fecha para audiencia de juicio, que es la audiencia en la que los Abogados de Familia deben comparecer a rendir los medios de prueba que ofrecieron en la audiencia preparatoria. En la audiencia de juicio, los Abogados deberán incorporar sus documentos, interrogar a sus testigos si los hubiera y rendir los informes y/u oficios que en la audiencia preparatoria hayan solicitado y que posteriormente hubieran tramitado conformes.
Termina el procedimiento con la sentencia del Tribunal de Familia, sin perjuicios de los recursos que procedan de las partes, interpuestos durante el procedimiento o luego de la dictación de la sentencia.